DESCRIPCION Los consultantes, ambos farmacéuticos titulados, son propietarios de una oficina de farmacia, siendo cotitulares de la licencia. En 1999, adquirieron otra oficina de farmacia.
CUESTION 1º. Si pueden explotar las dos oficinas de farmacia en régimen de comunidad de bienes.
2º. En el supuesto de que la respuesta a la pregunta anterior fuese negativa, si pueden amortizar, ambos cónyuges, el fondo de comercio de la farmacia adquirida.
3º. En caso contrario, si ante un cambio en la titularidad de la nueva oficina adquirida, el cónyuge adquirente puede continuar amortizando el fondo de comercio.
4º. Si en el supuesto de venta de la oficina antigua, pueden reinvertir la ganancia patrimonial en la nueva oficina de farmacia.
