DESCRIPCION En 1994 se transmite una oficina de farmacia, obteniéndose un incremento de patrimonio de 35.000.000 ptas. por la transmisión de la titularidad. Al tratarse de una operación a plazos, la imputación de la renta se realiza proporcionalmente a medida que se efectúan los cobros.
CUESTION Teniendo en cuenta que la actividad se realizaba en estimación objetiva por coeficientes y que el Tribunal Supremo en sentencia de 30 de mayo de 1998 anuló la referencia a activos fijos inmateriales en el artículo 22.1 del Reglamento del IRPF (aprobado por el RD 1841/1991), se pregunta sobre la imputación proporcional de los cobros correspondientes a 1998, 1999 y 2000.
