Duro golpe contra la Comisión Europea en su intento de liberalizar la Farmacia en Europa

20-V-09.Luxemburgo. La Gran Sala del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha dado hoy dos duros reveses a la Comisión Europea, y muy especialmente al Comisario de Mercado Interior, Charlie McCreevy, en su intento por liberalizar el modelo regulado de farmacia. Esta mañana, a las 9,30 horas, se ha dado lectura a los fallos de las sentencias en los casos C/531/06, Comisión contra Italia y los asuntos acumulados C-171/07 y C-172/07, Comisión contra Apothekerkammer des Saarlandes, que en un primer gran resumen afirman que las legislaciones nacionales que reservan la titularidad y propiedad de las oficinas de farmacia a los farmacéuticos, no infringen el Tratado y, más aún, garantizan como ningunas otras el mejor servicio a los ciudadanos.
De este modo, el Tribunal de Luxemburgo acepta en su integridad las conclusiones del abogado general Yves Bot y, lo que es más importante, suponen el archivo casi obligado del Dictamen Motivado presentado contra España, ya que se basa en los mismos argumentos que han sido revocados hoy por el Tribunal. Es, por tanto, no sólo un triunfo de las oficinas de farmacia italianas y alemanas, sino de todo el Modelo Mediterráneo de Farmacia, fundamentado en una regulación profesional de la propiedad y de las distancias.


En el caso italiano, la Comisión pretendía que se declarase ilegal la legislación que prohibe a las empresas de distribución ser propietarias o gestionar las más de mil farmacias municipales (propiedad de los municipios, pero regentadas por un farmacéutico) italianas, prohibición que se basaba en los peligros que entraña la integración vertical en el campo farmacéutico.
En el caso alemán, se trataba de un recurso de la Cámara de Farmacéuticos de Saarland y de la Cámara Nacional de Farmacias contra la decisión de un gobierno regional de autorizar la apertura y gestión de una oficina de farmacia a la empresa DocMorris (propiedad de Celesio).La Comisión se presentó en contra de este recurso alegando que la apertura estaba amparada por el Artículo 43 del Tratado de la Unión, que garantiza la libertad de establecimiento.
En ambos casos, las sentencias, afirman taxativamente que los Estados Miembros tienen libertad absoluta para fijar el nivel de calidad de sus sistemas sanitarios, que ello no infringe ningún artículo del Tratado y que:
«En relación con los titulares de una farmacia que tienen la condición de farmacéutico, es innegable que, al igual que otras personas, su objetivo es la obtención de beneficios. No obstante, dada su condición de farmacéutico de profesión, se supone que no explotan la farmacia con un mero ánimo de lucro, sino que también atienden a un criterio profesional. Por lo tanto, su interés privado en la obtención de beneficios está mitigado por su formación, su experiencia profesional y la responsabilidad que les corresponde, ya que una eventual infracción de las normas legales o deontológicas no sólo pondría en peligro el valor de su inversión, sino también su propia existencia profesional.
A diferencia de los farmacéuticos, las personas que no tienen dicha condición carecen, por definición, de una formación, experiencia y responsabilidad equivalentes a las de los farmacéuticos. Dadas las circunstancias, procede señalar que no ofrecen las mismas garantías que los farmacéuticos.
Por consiguiente, un Estado miembro puede considerar que, a diferencia de las farmacias explotadas por farmacéuticos, la explotación de una farmacia por una persona que carezca de dicha condición puede suponer un riesgo para la salud pública, concretamente para la seguridad y la calidad de la distribución de medicamentos al por menor.
Ante estas conclusiones, poco se puede añadir, salvo que son noticias inmejorables para los farmacéticos españoles y para el Modelo Mediterráneo de Farmacia.
Y como ocurrió el pasado diciembre, cuando Yves Bot leyó sus conclusiones en el Tribunal de Luxemburgo, el Colegio de Valencia y redfarmacéutica estuvieron allí para ser los primeros en dar la información a la Farmacia Española.
Paco Martorell
Luxemburgo
Nota de Prensa del Tribunal de Luxemburgo