LEY 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

La Ley regula, en el ámbito de las competenciasque corresponden al Estado, los medicamentos de uso
humano y productos sanitarios, su investigación clínica,
su evaluación, autorización, registro, fabricación, elaboración,
control de calidad, almacenamiento, distribución,
circulación, trazabilidad, comercialización, información y
publicidad, importación y exportación, prescripción y dispensación,
seguimiento de la relación beneficio-riesgo,
así como la ordenación de su uso racional y el procedimiento
para, en su caso, la financiación con fondos públicos.
La regulación también se extiende a las sustancias,
excipientes y materiales utilizados para su fabricación,
preparación o envasado.
Asimismo, regula la actuación de las personas
físicas o jurídicas en cuanto intervienen en la circulación
industrial o comercial y en la prescripción o dispensación
de los medicamentos y productos sanitarios.
Regula también la Ley los criterios y exigencias
generales aplicables a los medicamentos veterinarios y,
en particular, a los especiales, como las fórmulas magistrales,
y los relativos a los elaborados industrialmente
incluidas las premezclas para piensos medicamentosos.
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