{"id":74,"date":"2007-02-06T09:01:51","date_gmt":"2007-02-06T09:01:51","guid":{"rendered":"http:\/\/farmacias.afilco.com\/index.php\/2007\/02\/06\/un-tribunal-aleman-aplica-el-tratado-y-acepta-que-una-sociedad-holandesa-abra-farmacias\/"},"modified":"2020-10-31T13:11:28","modified_gmt":"2020-10-31T13:11:28","slug":"un-tribunal-aleman-aplica-el-tratado-y-acepta-que-una-sociedad-holandesa-abra-farmacias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/2007\/02\/06\/un-tribunal-aleman-aplica-el-tratado-y-acepta-que-una-sociedad-holandesa-abra-farmacias\/","title":{"rendered":"Un tribunal alem\u00e1n aplica el Tratado y acepta que una sociedad holandesa abra farmacias"},"content":{"rendered":"<p>Los tribunales adquieren protagonismo en un momento en el que la regulaci\u00f3n legal de la farmacia en los Estados miembro se encuentra en pleno debate pol\u00edtico, un escenario que plante\u00f3 la Comisi\u00f3n Europea el verano pasado al enviar un dictamen a Italia, Espa\u00f1a y Austria en el que les exig\u00eda adaptarse al principio de libertad de establecimiento.Jos\u00e9 Mar\u00eda L\u00f3pez Ag\u00fandez. jmlopeza@recoletos.es .(Correo Farmac\u00e9utico).<!--more--><br \/>\nSi hace unas semanas este peri\u00f3dico (Correo Farmac\u00e9utico) informaba en exclusiva de que el Tribunal Superior de Asturias planteaba una cuesti\u00f3n prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) sobre la planificaci\u00f3n y los baremos, ahora ha sido el Tribunal Superior Administrativo de la regi\u00f3n alemana del Sarre el que, dando un paso m\u00e1s, ha aplicado directamente el art\u00edculo 43 del Tratado de la UE y ha fallado a favor de la apertura de una farmacia por una empresa holandesa (DocMorris) en este territorio. De hecho, la empresa ya ha anunciado que crear\u00e1 una cadena de quinientas farmacias en este pa\u00eds.<\/p>\n<p>Lo m\u00e1s llamativo de este caso es que el propio tribunal, al contrario que su hom\u00f3logo asturiano, ha rechazado plantear la cuesti\u00f3n prejudicial al tener claro que la normativa comunitaria es de aplicaci\u00f3n directa en los Estados. Pero es que, adem\u00e1s, recoge expresamente la tesis del dictamen de la Comisi\u00f3n al apuntar que tal y como ha establecido la Comisi\u00f3n Europea en su dictamen de 28-VI-2006, una prohibici\u00f3n de apertura de farmacia a una sociedad an\u00f3nima constituye una infracci\u00f3n del Derecho Comunitario.<\/p>\n<p>Salto considerable<\/p>\n<p>Es necesario tener en cuenta que para hacer esta aplicaci\u00f3n directa el tribunal ha tenido que saltarse la propia normativa alemana, que s\u00f3lo permite a los farmac\u00e9uticos acceder a la propiedad, extremo que la propia sentencia reconoce: \u00abSin lugar a dudas, la autorizaci\u00f3n administrativa de apertura concedida a la sociedad constituye una violaci\u00f3n de la normativa nacional, concretamente de los art\u00edculos 2, 7 y 8 de la Ley de Farmacias\u00bb.<\/p>\n<p>Cuando varios expertos advirtieron hace unos meses que el futuro del modelo espa\u00f1ol depend\u00eda esencialmente del resultado del debate jur\u00eddico (y no tanto de las bondades de la calidad del sistema) no andaban desencaminados.<\/p>\n<p>Precedente clave<\/p>\n<p>En efecto, seg\u00fan explica el fallo, \u00abla calidad y el control del servicio ofrecido por una farmacia deber\u00edan garantizarse con medios de control y formas de responsabilidad profesional m\u00e1s que mediante la tipolog\u00eda jur\u00eddica de la farmacia, con arreglo a lo indicado por el TJCE en la sentencia sobre restricciones similares aplicadas a las \u00f3pticas griegas\u00bb.<\/p>\n<p>El caso estudiado por el tribunal alem\u00e1n surgi\u00f3 por una demanda presentada por varios colegios y asociaciones de farmac\u00e9uticos contra la autorizaci\u00f3n que concedi\u00f3 la Administraci\u00f3n territorial a la empresa holandesa para abrir una farmacia en Sarre. Las farmacias alemanas solicitaron el cierre porque la apertura infring\u00eda varias normas alemanas de ordenaci\u00f3n farmac\u00e9utica y porque atentaba contra la existencia de las farmacias tradicionales alemanas.<\/p>\n<p>En esta l\u00ednea, su argumento central se apoyaba en que la normativa alemana se hab\u00eda adoptado por motivos imperiosos de inter\u00e9s general para la protecci\u00f3n de la salud p\u00fablica y que, por ello, est\u00e1n justificadas las restricciones a la libertad de establecimiento.<\/p>\n<p>Rechazo<\/p>\n<p>Esta alegaci\u00f3n tampoco la acepta el tribunal alem\u00e1n, y lo hace acudiendo a la jurisprudencia comunitaria, en el sentido de que las restricciones a la libertad de establecimiento \u00abs\u00f3lo pueden justificarse por razones imperiosas de inter\u00e9s general, cuando sean adecuadas para garantizar la realizaci\u00f3n del objetivo que persiguen y que no vayan m\u00e1s all\u00e1 de lo necesario para alcanzarlo\u00bb.<\/p>\n<p>Predominante<\/p>\n<p>Como tambi\u00e9n se recordar\u00e1, CF ya inform\u00f3 de que este es, precisamente, el criterio predominante en el Tribunal de Luxemburgo y depender\u00e1 de c\u00f3mo se aplique en el caso espa\u00f1ol si finalmente la Comisi\u00f3n denuncia a Espa\u00f1a, algo que todav\u00eda no se ha producido. Tal y como apuntaba una sentencia de 23-II-2006, las restricciones que se establezcan en un sector del mercado est\u00e1n justificadas para proteger a los consumidores \u00absi re\u00fanen dos requisitos: que sean adecuadas para garantizar la realizaci\u00f3n del objetivo que persiguen y que no vayan m\u00e1s all\u00e1 de lo necesario para alcanzarlo\u00bb.<\/p>\n<p>Los requisitos exigidos por esta doctrina, explica el tribunal alem\u00e1n, no se cumplen en este supuesto porque \u00abel objetivo de protecci\u00f3n de la salud p\u00fablica a la hora de la dispensaci\u00f3n puede alcanzarse por medios menos restrictivos, tales como la contrataci\u00f3n de personal cualificado\u00bb.<\/p>\n<p>El debate jur\u00eddico est\u00e1 abierto<\/p>\n<p>Interpretaciones sobre la jurisprudencia comunitaria de las restricciones a la libertad de establecimiento.<\/p>\n<p>Calidad en la prestaci\u00f3n: seg\u00fan el Tribunal Superior Administrativo de la regi\u00f3n del Sarre (Alemania), \u00abla calidad y el control del servicio ofrecido por una farmacia deber\u00edan garantizarse con medios de control y formas de responsabilidad profesional m\u00e1s que mediante la tipolog\u00eda jur\u00eddica de la farmacia\u00bb. Seg\u00fan explic\u00f3 la Comisi\u00f3n en su dictamen, la propiedad es excesiva porque \u00abla responsabilidad del farmac\u00e9utico propietario podr\u00eda estar garantizada con la responsabilidad del farmac\u00e9utico asalariado\u00bb. Por el contrario, la tesis de Espa\u00f1a, planteada por el Consejo General de COF, es que la propiedad exclusiva del farmac\u00e9utico ofrece la garant\u00eda de independencia frente a la industria y los m\u00e9dicos.<\/p>\n<p>Autorizaciones de apertura: tal y como explica el tribunal alem\u00e1n, \u00abla Comisi\u00f3n Europea ha establecido en su dictamen de 28-VI-2006 que una prohibici\u00f3n de apertura de una oficina de farmacia a una sociedad an\u00f3nima constituye una infracci\u00f3n del Derecho Comunitario\u00bb. En este sentido, el dictamen de la Comisi\u00f3n apuntaba que \u00abel derecho de establecimiento implica asimismo la facultad de crear y mantener, en cumplimiento de las normas profesionales, m\u00e1s de un centro de actividad en el territorio de la Comunidad Europea\u00bb.<\/p>\n<p>La sentencia de las \u00f3pticas griegas: la Comisi\u00f3n apoy\u00f3 en parte su dictamen en la sentencia de 21-IV-2005 en el asunto C-140\/2003 sobre las \u00f3pticas griegas y afirm\u00f3 que la presencia del profesional es suficiente para alcanzar los objetivos de protecci\u00f3n de la salud p\u00fablica. Sin embargo, desde Espa\u00f1a se sostiene que este fallo no es aplicable a las farmacias porque \u00aben las \u00f3pticas priman criterios comerciales, mientras que en las farmacias prevalece el criterio sanitario\u00bb (ver CF del 4-IX-2006).<br \/>\nLa sentencia cree que la calidad se puede garantizar sin acudir al criterio de la propiedad<br \/>\n05\/02\/2007   <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los tribunales adquieren protagonismo en un momento en el que la regulaci\u00f3n legal de la farmacia en los Estados miembro se encuentra en pleno debate pol\u00edtico, un escenario que plante\u00f3 la Comisi\u00f3n Europea el verano pasado al enviar un dictamen a Italia, Espa\u00f1a y Austria en el que les exig\u00eda&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74"}],"collection":[{"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=74"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":594,"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74\/revisions\/594"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=74"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=74"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/development.inintra.com\/farmacias.development.inintra.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=74"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}